La sentencia

LBNL

Vaya por delante mi respeto a la independencia judicial y también a aquello de que cuidado con juzgar lo que no conoces en detalle, o no eres capaz de conocer suficientemente por falta de conocimientos. Dicho lo cual, me parece perfectamente legítimo opinar sobre la sentencia del viernes pasado que condenó a Urdangarín y absolvió a la Infanta y todos los acusados valencianos. Porque es un caso de trascendencia pública, porque hemos tenido ocasión – durante años – de conocer los hechos a través de la prensa y porque la sentencia ha sido comentada también por expertos jurídicos. Para empezar, cabe decir que, como todos los tribunales, el que ha dictado la sentencia en cuestión es falible. Y subjetivo. Lo cual no es óbice para que, con todas sus imperfecciones, el Estado de Derecho siga siendo una opción mil veces mejor que el juicio mediático-popular.

Era de cajón que la Infanta sería absuelta. Para empezar solo la acusaba Manos Limpias, “sindicato” judicial de derecha extrema enjuiciado por prácticas mafiosas. El Fiscal entendió que si bien se benefició de los delitos de su marido, no era cómplice de los mismos. Pero absuelta absuelta no ha sido porque le ha tocado pagar su parte de lo disfrutado indebidamente facturando como gastos “sociales” una ingente cantidad de gastos privados, por más que le haya salido a devolver por haber abonado ya una cantidad mayor que la fijada finalmente. En segundo lugar, la absolución parece tamibén sensata teniendo en cuenta la de Ana Mato, igualmente considerada beneficiada pero desconocedora de delitos parecidos de su marido. Y finalmente, es conveniente que una Infanta no sea considerada delincuente. El Estado tiene los medios necesarios para apartarla de su función pública, de hecho ya ejercitados por parte de su hermano el Rey. Queda únicamente la cuestión “académica” de su renuncia a sus derechos dinásticos como sexta en la sucesión al Jefe del Estado. Nunca le llegará el turno y si le llegara sería obligada a renunciar para evitar el fin de la monarquía.

Igualmente era de cajón que Urdangarín fuera condenado. No sólo por facturar gastos privados como “de empresa” sino por tráfico de influencias. No se si es tan tonto como parece – se dice que fue la Infanta la que se encaprichó de él y consiguió que dejara a la mujer con la que convivía, que fue Torres el que lo ideó todo y él sólo figuraba – pero en el mejor de los casos fue suficientemente listo como aprovechar las oportunidades que se le ofrecían y lanzarse a vivir a lo grande, firmando aquí, posando allá, leyendo un discursito acuyá. Ni siquiera la ignorancia de la ley exime de su cumplimiento, como sabe cualquier leguleyo.

Así que bien está la sanción a su comportamiento ilegal. Porque ilegal es valerse de su “cargo” para presionar a las autoridades públicas baleares y valencianas para que contraten con su chiringuito “events” probablemente absurdos y sin lugar a dudas alarmantemente caros, sobre todo en vista de su intangible rendimiento. Él no se rebajaba. Como correspondía a su posición, trataba directamente con los dirigentes políticos – todos del PP, by the way – y les exigía atenerse a lo acordado verbalmente, dejándoles a ellos el cumplimiento con la legalidad vigente, como en buena ley les correspondía.

Le ha caído menos pena que a su mentor Torres porque este último fue más “listo” y en vez de facturar gastos privados como “sociales”, montó una trama de fraude fiscal internacional y blanqueo a la que el pobre Iñaki no fue invitado. La mujer de Torres, en cambio, tiene mucho que agradecer a la Infanta, porque de no haber sido por la “necesidad” de exonerar a esta de culpa, seguramente habría palmado pena de cárcel, por muchas Anas Mato que pueda haber.

Lo indignante no es que la Infanta haya sido “absuelta”, o la mujer de Torres, sino que los presuntos delitos de la trama valenciana de Noos hayan sido exonerados de responsabilidad penal. La sentencia resulta, a los ojos de un mero licenciado en leyes, verdaderamente escandalosa cuando establece que hechos similares en Baleares y en Valencia resultan en consecuencias penales antipuestas. Urdangarín se aprovechó de su “posición” igualmente en un caso y en otro. Los cargos públicos de Baleares no están ya aforados sino condenados mientras que Barberá y Camps no lo fueron nunca. Bien, pero ¿y qué? En Valencia los organismos de control señalaron las irregularidades y los documentos se “blanquearon” retroactivamente. Con independencia de que la supuesta reunión entre Iñaki y Barberá y Camps, auspiciada por Zarzuela, se celebrara o no, es evidente que Urdangarín es uno, como su socio Torres, y se comportaban igual en todas partes y respecto a todos los “eventos” que pretendían organizar.

La sentencia aduce como eximentes que Valencia realmente estaba tratando de posicionarse como capital mundial en aquel momento y, acongojante, que los contratos fueron cerrados por entidades autónomas a la Comunidad Autónoma, valga la redundancia, y que los casi cuatro millones pagados en concepto de patrocinio no supusieron una violación de la necesidad de realizar un concurso público. Cualquiera que haya administrado fondos públicos sabe que el patrocinio es una figura “dudosa”, cuyo uso se justifica en función de las cantidades y los retornos. Y ahí la sentencia la caga, perdonen el “aforismo”: “las normas administrativas deben ser interpretadas conforme a la realidad social concurrente en el momento histórico de su aplicación y no, en el concurrente ahora, 12 años después”. O sea que, hace 12 años era aceptable pagar casi 4 millones de euros por tres “Valencia Summit” “events” adjudicados a dedo pese a las advertencias de los organismos de control”, mientras que hoy quizás no. Lo siento pero no, hace 12 años, pasados De la Rosa, Conde y Malaya, lo que hicieron Iñaki y su socio en comandita con Barberá y Camps, ya era completamente inaceptable, también a efectos penales.

En todo caso, la sentencia no es firme porque será recurrida en casación, no así por Manos Limpias respecto a la Infanta. Hoy el fiscal pedirá probablemente el ingreso en prisión preventiva del “Infante”. Sería terapéutico en un país en el que ingresan en prisión personas por robos o estafa de cuantía ínfima, de menos de mil euros. Iñaki no ha robado strictu sensu ni ha estafado pero ha trinkado mucho más. La fiscalía había anunciado que pediría prisión inmediata en caso de pena superior a seis años. Han sobrado tres meses. Al trullo con él, por razones jurídicas y, sobre todo, por las mismas razones “terapéuticas” que explican la “absolución” de la Infanta.

El “Todos a una, como en Fuenteovejuna” no es ni democrático ni sabio. Pero la Justicia debe también parecerlo: Iñaki debe entrar en la cárcel, con todas las garantías y quién sabe por cuánto tiempo, pero entrar. Ese paseillo ejemplarizante es necesario para cauterizar algunos de nuestros pecados, incluidos los del Rey “emérito”.

4 comentarios en “La sentencia

  1. Uyuyuy …ejem…yo conmutaria la pena de carcel por el internamiento en un monasterio de clausura de todos aquellos que han hecho juicios paralelos.
    Ya se que no habria camas pa tants gente….pero a veces se necesita un espacio donde el silencio nos permita reflexionar sobre una frase de Nitzche…ejem:
    Quien con monstruos lucha cuide de convertirse a su vez en monstruo. Cuando miras largo tiempo a un abismo, el abismo también mira dentro de ti.

    Ante mi doy fe.
    AC/DC
    firmado:Poncio Pilatos…cof…cof.

  2. Por alusiones barcelonesas, no hay que olvidar que la capital del Mediterráneo Occidental lleva varios años muy movilizadas por lo que era fácil que el sábado se diera una gran manifestación en la que toda la sociedad movilizada pueda sentirse cómoda. En Madrid se está en otra fase.

    En cuanto a la sentencia, es una sentencia de infanta de miocardio, sin duda.

  3. La percepción de la sociedad española considera, con fundamento, que la justicia no es igual para todos , algo reconocido por muchos juristas sin distinción de concepciones más o menos conservadoras.
    La capacidad litigante es directamente proporcional a las sumas en juego;
    la lentitud de los procesos , a la tenacidad que engrasa el dinero.
    Es difícil no hacer juicios paralelos y exigir a una ciudadanía que se instale en los principios de máxima juridicidad como si el derecho en su ilusión de huir de la densa gravedad que impregna sus alas de opinión mórbida y popular , adquiriera la transparencia cristalina de las ciencias duras.
    Seis años dan para mucho; conocemos el fondo de armario de muchos jueces , testigos , fiscales y hasta ese tipo , más bien rústico , de vigilante jurado que recibe, saluda y contiene a todos.
    Creo , como todo el mundo , que la infanta sabía el principio fundamental de la termodinámica: de la nada , nada.
    Nada había en el intelecto del semental vasco y mucho , muchísimo , en el linaje de
    la acusada para producir riqueza.
    La distancia , para los efectos , era la misma que media entre el antiorgásmico fascista Trump para conmover las fibras románticas de su modélica actual primera dama.
    La justicia, en un estado de derecho , debe hacer abstracción de estos u otros datos , y proceder » como si todos fuéramos iguales ante la ley » ( aunque comprende que , como queda dicho , esto es falso )
    Como afirma LBLN , este proceder es mejor que cualquier otro, pero no por ello debemos reprobar un sentimiento que asienta su verdad en la historia inmediata de relato tan prolijo que cansa.
    La justicia española necesita una reforma que vaya mucho más allá de la tibia condena y más tibio propósito de enmienda del melifluo Rajoy , y sin por ello caer en las verdades de acero del tribunal popular.

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