José Rodríguez
El 3 de diciembre se celebraba el día internacional de las personas con discapacidad. La UGT de Catalunya presentó un informe sobre la situación laboral de las personas discapacitadas.
Uno está acostumbrado a ver cifras de tasas de desempleo entre jóvenes entre el doble y el triple de la tasa habitual, o ver que las tasas de desempleo femeninas son 5 o 10 puntos superiores a la tasa de desempleo masculina, pero las cifras de participación del mercado laboral de las personas con discapacidad superan con creces ese nivel de exclusión.
El informe y los datos que cito en este artículo corresponden a Catalunya, pero os datos para el resto de España no varían demasiado.
El nivel de exclusión de las personas con discapacidad es el más alto de cualquier otro colectivo. Representan el 5,21% de las personas entre 16 y 65 años, es decir del grupo de personas en edad de trabajar, pero en cambio sólo representan el 0,46% del total de personas trabajadoras. Es decir, son más de 1 de cada 20 personas entre 16 y 65 años, pero no representan ni uno de cada 200 trabajadores.
Es decir, frente a la tasa de empleo 2 o 3 veces inferior de las personas más jóvenes y frente a las tasas unos puntos inferior de las mujeres frente a los hombres, la tasa de empleo entre personas con discapacidad es 10 veces inferior a la del conjunto de la población.
Hay muy pocas personas con discapacidad trabajando. Poquísimas. Pero además, de las personas con discapacidad que trabajan, tan sólo el 4% lo hace con un contrato laboral ordinario. El 70% trabaja en Centros Especiales de Trabajo (CET) y el 26% restante lo hace en empresas ordinarias pero con contratos bonificados.
Hay muchas críticas a las políticas activas de empleo desde algunos economistas de la academia indicando que son poco efectivas. Estas críticas suelen hacerse sin conocer los detalles del mercado laboral, y este es un claro ejemplo. Me encantaría saber que harían los trabajadores con discapacidad sin estas limitadas y exiguas medidas activas para entrar en el mercado laboral.
Además no sólo tienen una intensidad de empleo inferior y trabajan casi en exclusiva gracias a las medidas activas de empleo y los centros de especiales de trabajo, sino que además lo hacen en condiciones más precarias que el conjunto de trabajadores. Si el porcentaje de trabajadores con contratos temporales representan entre el 18-20% del total, en el colectivo de trabajadores con discapacidad el porcentaje alcanza el 78%.
El hecho es que las personas con discapacidad son los grandes excluidos del mercado laboral, son también de los colectivos de los que menos se habla cuando hablamos de problemas de dualidad del mercado laboral, y además son los que más sufren la precariedad más que ningún otro colectivo. Sostenemos su presencia en el mercado laboral en una red muy precaria de CET y de medidas muy limitadas de contratos bonificados y de una ley (LISMI) que se incumple de forma sistemática por la inmensa mayoría de las empresas españolas.
Es casi imposible que una persona con discapacidad pueda construir un proyecto viable de futuro, no sólo por las limitaciones fruto de su propia discapacidad, las cuales la mayoría de personas logran superar, sino por las limitaciones sociales y de mercado que se producen en el mercado laboral español.
Soluciones rápidas tengo pocas. Por mucho que la sociedad española sea tolerante, no confiamos en las personas con discapacidad para contratarlos en las empresas, por mucho que en la mayoría de casos la discapacidad de estas personas no afecte a su productividad (una persona en silla de ruedas puede tener algunas necesidades de accesibilidad que no tiene una personas sin limitaciones de movilidad, pero delante de un ordenador puede ser tan productiva como cualquiera). Hay empresas como “La Fageda” que no sólo es solidaria y tiene una plantilla de personas con discapacidad muy amplia, sino que son competitivas, modernas y muy productivas, demostrando que la mayoría de personas con discapacidad pueden ejercer funciones laborales de forma competitiva. Pero todas estas evidencias a lo micro no terminan de quitar los prejuicios de los empresarios españoles. Ni siquiera una ley como la LISMI que obliga a contratar un porcentaje de la plantilla entre ese colectivo logra que se aplique ni tan solo de forma mínima.
Este es uno de los problemas de los que ni tan siquiera tenemos consciencia. A diferencia de la exclusión laboral juvenil o femenina (problemas reales e indiscutibles), este problema apenas tiene espacio en los medios. Y sin ni tan siquiera ser conscientes del problema, difícilmente podremos afrontarlo.
Está bien imaginarse, al pensar en minusválidos, al que necesita desplazarse en silla de ruedas pero cuya capacidad, delante del ordenador es la misma que la de cualquier otra persona. Su problema es real. Pero, como ocurre con casi todas las aplicaciones de ingeniería social, los intentos de legislar (“políticas activas”, “discriminación positiva”) para compensar la falta de conciencia social sobre el problema de algunas de esas personas (digo algunas, pues para la mayoría de minusválidos, seguramente, el que no encuentren trabajo es bastante lógico, más en situaciones de escasez de oferta) crean otros problemas nuevos.
En lo que yo conozco, el sector público, la aplicación de esas medidas que favorecen la inserción laboral de los minusválidos es a menudo una fuente de pufos. Y no se trata de nada anecdótico o desconocido, sino perfectamente sabido (ya se trate de sanidad o educación o función pública en general). Las reservas de unos determinados porcentajes de puestos para personas que acrediten minusvalía hacen que sean ocupados por quienes estando en perfectas condiciones para competir en el turno de plazas normales se aseguran así un mercado “protegido” al que los otros –los “válidos”-, no pueden acceder. Para ello basta con que la diputación de turno (en el caso del País Vasco) te reconozca la minusvalía “x” por tener una mínima limitación visual o una determinada enfermedad crónica que no menoscaba en modo alguno su capacidad laboral. Lo justo sería, creo yo, que no existiera esa reserva de plazas –el chollo- más que para casos efectivamente muy acreditados de minusvalía tal que objetivamente impidiera competir en el turno libre (así suele llamarse). Eso, desde luego, reduciría enormemente el censo de minusválidos pues muchos, muchísimos, buscan acreditar esa condición para tener ese acceso privilegiado e injusto a las plazas públicas. Pero me temo que las políticas oficiales no van por ahí. Parece que se asume el pufo, como si de un “impuesto revolucionario” se tratara, para demostrar que nuestra sociedad es integradora.
Es que es la bomba, media vida para conseguir las leyes (LISMI) y la otra media para luchar que se apliquen.
Barañain, el contraejemplo que pone es raro-raro.. ¿quien es la diputación para reconocer minusvalías? ¿No es la SS y un médico?
Mi expriencia me dice lo contrario. Conozco gente que ha accedido a plazas de este modo. Gente con problmeas de visión u otros de tipo endocrino o anatómico. Lo que no se es ya que es si entra dentro de lo que mensocaba la capacidad laboral. Pero enfin, como señala Senyor G para eso estan los tribunales oportunos.
Lo que si es un poco sospecho es el alto grado de niños celiacos en mi distrito. Superior al del resto de BCN. Cosa que da puntos para elegir escuela. Sospechoso, sospechoso
Trabajo en la Administración Pública Estatal y constatando lo que expone Barañain corroboro lo que expone en cuanto a la reserva de plazas para discapacitados. De cuarenta personas en mi centro de trabajo, cuatro tienen reconocida un grado de discapacidad, otra cosa es que pueda considerarse a todos uniformemente. Me explico, no es lo mismo tener reconocido el grado por unas determinadas discapacidades que por otras. En la comunidad autónoma de Cataluña, desde la aparición de la crisis no se conceden los mismos grados de discapacidad que antes . Por ejemplo, antes se concedía un 33% a cualquiera que hubiese padecido crisis de ansiedad y ahora no. Hace unos años, en plena transición, la industria textil catalana entró en crisis y dada la implantación que dicha industria tenía en lciertas comarcas de la Cataluña central – Bages y Berguedá- se dió orden a los inspectores dé trabajo de hacer manga ancha con la concesión de Incapacidades Totales permanentes, con tener más de 55 años tenían asegurada la pensión. No digo yo que la medida fuese injusta, pero discriminaba a un parado de la industria textil de otras comarcas.
Respecto a la concesión de grados de discapacidad por las diputaciones vascas, es cierto lo que dice Barañain, ya que son las que tienen la competencia. Aunque sea un equipo médico el que hace el informe, las directrices le vienen dadas por la comunidad autónoma respectiva.
Otra disfunción con los grados de discapacidad desigualmente otorgados según la época en que se solicitaron, está en las ventajas fiscales que llevan aparejadas – en la imposición por IRPF, la declaración de renta para entendernos-.
En definitiva, creo que una unificación de criterios tanto temporal como espacial sería lo más adecuado.
Otras ventajas que tiene la posesión de un grado de discapacidad es la rebaja del IVA en la adquisición de vehículos y la tarjeta para tener reserva de plazas de aparcamiento ( todo ello en personas con reconocimiento de movilidad reducida). Pero lo que en principio es una medida justa, en la práctica se convierte en muchos casos en fraudes descarados: matriculación de vehículos con bonificación por la compra de vehículos de alta gama, a nombre del acompañante (hijo del discapacitado); aprovechamiento de plazas de aparcamiento reservadas sin que viaje el discapacitado.
O sea que hecha la ley, hecha la trampa. Si dichas conductas fuesen generalizadas obraríain en detrimento de los derechos de las personas con discapacidad.
Puntualizando a Pratxanda respecto a la sospechosa e ingente cantidad de niños celíacos, decirle que es mucho más frecuente el fraude en el lugar de empadronamiento del menor; suelen empadronarse en casa de algún familiar residente en la zona de la escuela a la que se opta. Se da el caso de que ante un requerimiento de datos de la Agencia Tributaria, verificando el derecho a la deducción de vivienda habitual o la exención de una ganancia patrimonial por la venta de la vivienda habitual, se presenta el progenitor aduciendo que el falso empadronamiento tiene como motivo el poder acceder a una plaza escolar determinada. O sea que se acude a la Administración para justificar un beneficio fiscal, aduciendo un fraude y se queda tan pancho.