Sahara Occidental

Marc Alloza

Una vez más vuelve a la actualidad el conflicto del Sahara Occidental tras la intervención de las Fuerzas Armadas Reales de Marruecos (FAR), para sofocar unas protestas que mantenían desde hace 3 semanas un grupo de manifestantes saharauis. A la altura de Guerguerat los manifestantes mantenían cortado al tráfico la carretera internacional que cruza el territorio desde Mauritania a Marruecos. Los manifestantes se concentraban para reclamar el cumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas (ONU) sobre el referéndum de autodeterminación del pueblo Saharaui. A fecha de hoy las informaciones que llegan son contradictorias. Por una parte Marruecos asegura que el tráfico está abierto. Por otra parte el Frente Polisario ha declarado el estado de guerra a Marruecos, asegura que la carretera permanece cerrada y afirma que ha realizado ataques a posiciones marroquís. Ataques que según las autoridades del Reino Alauita han sido repelidos sin víctimas.

La tensión entre el Reino de Marruecos y el frente Polisario sube a un nivel crítico tras décadas de bloqueo y ostracismo. Desde 1963 Sahara Occidental es para la ONU un territorio no autónomo es decir, un territorio dependiente que, por mandato de la propia ONU, debe ser objeto de un proceso de descolonización. Para el comité de transición colonial de la ONU todos los territorios autónomos tienen asignada una potencia administradora. En el caso de Sahara Occidental, como en su día lo fue el de Ifni y Guinea Ecuatorial, la potencia administradora era España. Hasta que el 26 de febrero de 1976 España informó al Secretario General de que “el Gobierno español daba término definitivamente a su presencia en el Territorio del Sáhara y estimaba necesario dejar constancia de que España se consideraba desligada en lo sucesivo de toda responsabilidad de carácter internacional con relación a la administración de dicho Territorio, al cesar su participación en la administración temporal que se había establecido para el mismo”. En 1990, la Asamblea General reafirmó que la cuestión del Sáhara Occidental era un problema de descolonización que debía resolver el pueblo del Sáhara Occidental” https://www.un.org/dppa/decolonization/es/nsgt

Previamente, un dictamen consultivo del 16 de octubre de 1975 de la Corte Internacional de Justicia de la Haya reconocía que ni Marruecos ni Mauritania tenían derechos de soberanía sobre el territorio del Sahara Occidental por lo que se le podía aplicar el Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales (resolución 1514). A pesar de ello, el dictamen también reconocía la existencia de antiguos vínculos de algunos pobladores de la zona con los estados vecinos previamente a la colonización española. Este hecho fue y es todavía esgrimido por Marruecos para reclamar la soberanía total del territorio.

El 6 de noviembre de 1975 civiles marroquíes que encabezan una marcha pacífica (Marcha verde) cruzan la frontera del Sahara Occidental y acampan al norte de este territorio. Una semana después, el 14 de noviembre, España firma el Acuerdo Tripartito de Madrid con Marruecos y Mauritania. mediante el cual instituye “una Administración temporal en el territorio en la que participarán Marruecos y Mauritania en colaboración con la Yemaá” pero dónde “se acuerda designar a dos Gobernadores Adjuntos, a propuesta de Marruecos y Mauritania, a fin de que auxilien en sus funciones al Gobernador General del territorio”. El acuerdo también incluía otro artículo “orgánico”: “3º) Será respetada la opinión de la población saharaui, expresada a través de la Yemaá”. Estaba todo atado y bien atado.

Atrás quedaba la Resolución 2711 de la ONU que aprobaba la celebración de un referéndum de autodeterminación, que España había aceptado a regañadientes en 1974 comprometiéndose a organizarlo. España no cumplió su compromiso con la ONU antes de cumplir estrictamente con su abandono del Sahara Occidental el 26 de febrero de 1976 tal y como se comprometió a hacer en el Acuerdo Tripartito de Madrid.

Al día siguiente se proclamó la República Árabe Saharaui Democrática en el exilio, pues el día anterior la Yemaá reunida de forma extraordinaria aprobaba unánimemente reincorporar el territorio del Sahara Occidental a Marruecos y a Mauritania. A continuación Marruecos terminó de ocupar militarmente los dos tercios norte del Sahara Occidental mientras que Mauritania hace lo propio en el tercio sur. Había estallado la guerra del Sahara Occidental, guerra que duraría hasta 1991.

En 1979 tras los acuerdos de Argel, el Frente Polisario acuerda la paz con Mauritania a raíz del cual se retira del Sahara Occidental. Pero su espacio es ocupado por Marruecos.

En 1991 se llega a un acuerdo de paz entre Marruecos y el Frente Polisario. Las posiciones de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) quedan en la parte oriental del territorio fronterizo con Mauritania y Argelia. En 1991 también se crea la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) que sigue abierta hasta nuestros días.

Desde el censo de 1999 y los fracasos de los planes Baker I y Baker II la MINURSO no ha experimentado grandes avances, por no decir que no ha habido apenas movimiento. Su cronología de eventos registra la última entrada el 01/12/2017 con el nombramiento del canadiense Colin Steward como representante especial de la misión.

Ningún país de la Unión Europea incluido España, ha reconocido la legitimidad de la República Árabe Saharaui Democrática como estado soberano. No obstante, la UE así como la ONU, OEA etc. si reconoce al frente Polisario como único representante del pueblo Saharaui.

Por otro lado, ningún país del mundo ha reconocido la soberanía del Reino de Marruecos sobre el territorio de Sahara Occidental. Es por ello que todos los acuerdos de la Unión Europea con Marruecos no se aplican a dicho territorio. Por consiguiente, el frente Polisario no pudo impugnarlos como lo intentó para los acuerdos Acuerdo de Asociación 1996 y el Acuerdo de Liberalización 2012 entre la UE y Marruecos. A pesar de entender que dichos acuerdos afectaban a la explotación de recursos del Sahara Occidental (sentencia 21 de diciembre de 2016 Tribunal de Justicia de la UE).

Pero, en aquella sentencia no se citaba el Acuerdo de Pesca ni sus protocolos (2012-2018) por lo que el tribunal de la UE lo abordó en una nueva sentencia, el asunto C-266/16 del 27/02/2018 a petición del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y País de Gales. En ésta se concluía que el Acuerdo de Pesca celebrado entre la UE y Marruecos es válido, puesto que no es aplicable al Sáhara Occidental ni a las aguas adyacentes a éste.

Así pues, para no alentar las sospechas de que se estuvieran explotando recursos marítimos del Sahara Occidental bajo el paraguas de un nuevo tratado, cuando el Acuerdo de Pesca se renovó en 2019, se incluyeron las aguas del territorio del Sahara Occidental.

Pero no era tan sencillo, para legitimarse, el Parlamento Europeo encargó un informe que incluía una consulta a la “población local para evaluar la repercusión de los cambios sobre el Sáhara Occidental”. La conclusión ejecutiva del “Informe sobre los beneficios para la población del Sáhara Occidental de la ampliación de las preferencias arancelarias a los productos originarios del Sáhara Occidental y sobre la consulta de dicha población al respecto” de la Comisión Europea era razonablemente previsible:
“A pesar de la imposibilidad de distinguir claramente el origen de los distintos elementos constitutivos de la población del Sáhara Occidental, hay suficientes indicios para concluir que la actividad económica generada por las exportaciones hacia la Unión Europea favorece el empleo local y, por consiguiente, es ventajosa para las poblaciones locales, en mayor o menor medida, independientemente del origen de sus miembros. Dicho impacto positivo se vería comprometido si las exportaciones hacia la Unión Europea no tuvieran las mismas preferencias arancelarias que las concedidas a Marruecos”.

Con respecto a la consulta de la población las autoridades marroquíes llevaron a cabo una amplia consulta institucional en la que el Frente Polisario declinó participar por motivos “políticos”.

A pesar de lo favorable, el informe de la Comisión Europea seguía siendo insuficiente por lo que, atención, antes de votar sobre el acuerdo, el Parlamento Europea votó rechazar llevar el acuerdo al Tribunal de Justicia de la UE para que evaluase su compatibilidad con el Tratado de la UE (189 votos frente a 410 y 36 abstenciones). Y es que probablemente sus señorías habrían leído o les habrían contado que la sentencia del asunto C-266/16 del 27/02/2018 la sentencia del asunto C-266/16 del 27/02/2018 (antes mencionada) decía:
“En estas circunstancias, incluir el territorio del Sáhara Occidental en el ámbito de aplicación del Acuerdo de pesca conculcaría determinadas normas de Derecho Internacional general que son de aplicación a las relaciones de la Unión con el Reino de Marruecos, en especial el principio de libre determinación”.

Es cuanto menos curioso el subterfugio de votar que NO se evalúe en el tribunal competente la compatibilidad de una decisión con el Tratado de la Unión. Tratado en el que se formulan los principios y los valores regentes de la UE. Por lo que podría invitar a pensar que, al menos en este asunto, se dejaron de lado los principios para atender a los negocios.

Cerca de finalizar el 2020, se sospecha que España sigue rehuyendo su responsabilidad histórica con el pueblo Saharaui a cambio de explotación de recursos, implantación de empresas en el país, control de flujos migratorios mediante el uso de los métodos que sean necesarios, etc… De Francia, la gran aliada de Marruecos, más o menos se sospecharía lo mismo pero probablemente con mayor impacto comercial. Aparentemente al resto de países de la UE ya les iría bien el status quo actual: Marruecos es un país estable comparado con el resto del contexto del Magreb, que ofrece amplias oportunidades de negocio y dónde uno de sus principales éxitos ha sido ser capaz de contener la amenaza del terrorismo islamista en diferentes épocas.

Urge hacer cumplir las resoluciones de Naciones Unidas al respecto al derecho a la autodeterminación del pueblo Saharaui en un referéndum justo. España debería liderar un último esfuerzo diplomático para detener el actual conflicto y avanzar realmente en la resolución definitiva del mismo en los próximos años.

2 comentarios en “Sahara Occidental

  1. Está muy bien argumentado y tiene gran parte de razón. Pero no concuerdo. La descolonización se hizo como se pudo y en general mal. Pero menos mal que se hizo. La del Sahara fue a trancas y barrancas y al final salimos por piernas. Podemos hablar largo y tendido de cómo fue, por qué, cuáles eran las circunstancias (guerra fría con Marruecos apoyada por EE.UU. y Argelia por la URSS), etc, pero todo eso es académico. Lo importante es tratar de resolver la situación actual de forma que, por una lado, no haya una nueva guerra y, por otro, la población local, es decir los saharauis, vivan lo mejor posible. ¿Es realista un estado independiente? En absoluto, aunque llegáramos a la conclusión de que los saharauis lo merecen históricamente y según el derecho internacional. Que no es el caso porque lo único que establece este último es que ha de celebrarse un referéndum. Referéndum que Marruecos ganaría de calle tras haber colonizado gran parte del Sahara. Pero que no quiere celebrar por motivos de principio: su soberanía sobre el Sahara no puede ponerse en duda. ¿Es el Frente Polisario el legítimo representante de la población local saharaui? No hay otro pero la cuadrilla de «funcionarios» mantenida por Argelia desde hace décadas para seguir aguijoneando a su eterno enemigo marroquí (la frontera bilateral sigue cerrada desde hace lustros) no se representan ni a sí mismos. ¿Qué hacemos con las varias decenas de miles de saharauis que siguen hacinado en los campos de refugiados de Tinduf? Para empezar, ayuda humanitaria, lo que hacemos desde hace décadas, España y la UE. Pero también que Argelia les deje volver si quieren, que no les deja. En estos casos (el derecho al retorno de los varios millones de descendientes de refugiados originarios palestinos es el otro caso que se viene a la mente), a lo más que cabe aspirar es a una sustanciosa indemnización económica, sufragada principalmente por la comunidad internacional, y a que todos los saharauis, también los de los campos, puedan hacer su vida con plena libertad y derechos, incluidos los «culturales», es decir, tener un cierto respeto y representación (alcaldes, tribunales propios, etc) como minoría «étnica». Nunca podrán conseguir más que eso y es inútil prolongar su sufrimiento. Por otro lado, la UE con España y Francia al frente, no pueden siquiera considerar poner en peligro la cooperación con Marruecos. No son tanto los intereses económicos como la cooperación anti terrorista y, nos guste o no, el papel crucial que Marruecos desempeña en mitigar, también por las malas, la inmigración ilegal a Europa.

  2. Me parece muy correcto el planteamiento de LBNL , realista , generoso y con posibilidades de salir adelante.

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