Miguel Sebastián
El debate sobre la presunta retroactividad del tratamiento de la sobrerremuneracion de las energÃas renovables se ha asociado con el argumento de la «seguridad jurÃdica» y la «imagen internacional de España» ante los inversores extranjeros. Puede ser discutible si una reducción no pactada de la tarifa fotovoltaica tiene ese carácter. Pero no tiene discusión que la limitación del número de horas no es un cambio de las reglas del juego y, por tanto, no puede entrar en esa categorÃa de «(in) seguridad jurÃdica».
El RD 661 no regulaba el numero de horas fotovoltaicas que podÃan ser remuneradas. De hecho, se referÃa al PER (Plan de EnergÃas Renovables) 2005-2010, que estimaba un numero de horas objeto de remuneracion, aunque no las explicitaba. Desde entonces la producción se ha disparado entre un 20% y un 25% con respecto a ese nivel previsto, dependiendo de si la tecnologÃa tiene el mecanismo de «seguidores» (el efecto girasol) o es fija. Y ese exceso de producción, junto a otros abusos, se ha convertido en un aumento de las ya generosas primas fotovoltaicas de casi 1.000M€ al año. Para entendernos, el equivalente a una subida permanente de la luz del 10% a los consumidores domésticos.
Y no regularlo supone que aceptamos: (i) que cuanto más sol haga, más sube la luz y (ii) que cualquier avance tecnológico que se incorpore y eleve la producción fotovoltaica por hora, se va a traducir en una luz más cara para los consumidores. Estas son 2 aberraciones que no solo no pueden aceptar los economistas, sino ningún ciudadano con sentido común. Y es obligacion del gobierno regular abusos y evitar aberraciones económicas.
Es evidente que una limitación impuesta a ese número de horas perjudica a la rentabilidad actual (no la prevista) de los proyectos fotovoltaicos. Pero no afecta a la seguridad jurÃdica, porque nunca estuvo regulado. Pueden protestar y presionar, pero no argumentar «inseguridad juridica».
¿O es que no afectan a la rentabilidad de sus respectivos proyectos de inversión la reciente limitación de los precios de los medicamentos a la industria farmacéutica, o la subida del IVA a las superficies comerciales, o la subida de los impuestos sobre hidrocarburos al sector del transporte de carretera, o la prohibición de fumar en espacios públicos cerrados a la industria tabaquera, o la subida de la electricidad a la industria de automóvil, acero, cerámica, azulejo, etc.?
Â
Pero nadie habla en estos casos de «inseguridad jurÃdica». Porque no la hay. Como tampoco la hay en la limitación de horas fotovoltaicas.
Gracias por el articulo, profesor. A un lego en economia como yo se le ocurren u par de ejemplos que no se si tendran mucho que ver.
Todos sabemos que las farmacias o las licencias de taxi se compran y se venden. Si mañana un gobiernodecide liberalizar las farmacias o los taxis, no podria hacerlo para defender la seguridad juridica y las inversiones de taxistas y boticarios?.
Hoy por hoy parece que la energia solar fotovoltaica no es rentable. Solo dan las cuentas si metemos en la ecuacion la prima del estado. Por tanto,cuando alguien invierte en algo que no es rentable, sabe a lo que se expone.
En los folletos de fondos de inversion pone que rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras. Me temo que subvenciones pasadas no garantizan subvenciones futuras.
En hora buena por el artÃculo.
Me perdonarán, pero como de mi no depende salir de la crisis yo si me voy de largas vacaciones, no como el gobierno.
Que lo disfruten.
http://www.youtube.com/watch?v=CwE-SLnLkqY&feature=player_embedded
http://www.youtube.com/watch?v=S7yrQXbueQw&feature=player_embedded#!
http://www.youtube.com/watch?v=Ep9MFiWXR8M&feature=player_embedded
Cualquiera le lleva la contraria al ministro. A menudo lo de la seguridad jurÃdica no es sino un eufemismo para hablar de intereses creados.
Por cierto, que hoy he visto un coche eléctrico por la calle. En cuanto se impongan, yo me agencio uno.
A mà me pasa lo que a Cicuta, o Cicutilla, como dirÃa Teoura, que cualquiera se atreve a llevarle la contraria al ministro. Hasta en lo de que la seguridad jurÃdica suele esconder intereses creados, estoy de acuerdo con Cicutilla. Y en lo de agenciarme un coche eléctrico.
Y estupendo eso de tener de nuevo a Sebastián en el blog.
Escueto está el ministro. Y razón lleva.
Completamente de acuerdo en que una rentabilidad que aumenta con la mayor cantidad de luz solar debe tener un lÃmite marcado por la cuota asignada a la producción fotovoltaica dentro del total. Alguien no hizo bien los deberes, seguramente porque se partÃa de cero y nadie se preocupaba de hasta dónde podia subir. ¿Dónde se ha visto que si hay cálculos erróneos que llevan a una disparatada remuneración de cualquier producción, no haya que rectificar? Alegar inseguridad jurÃdica por un cálculo irracional no tiene defensa legal más que cuando manifiestamente se quiere proteger a los listillos que invirtieron pensando en ganancias pingües. Eso sÃ, hay que explicar bien a la opinión pública el desaguisado, ya que no se entiende todo ello muy bien.
El Ministro no menciona, además, el rampante fraude de los huertos solares ficticios provocado por las ingentes subvenciones y al que hay que poner coto sin dilación
No creo que debe haber debate sobre «presunta retroactividad», como se inicia el comentario de Miguel sebastian, desde el momento que, en su dÃa, ya el ministro lo aclaró con un: «La palabra retroactividad nunca se ha considerado»
http://jumanjisolar.com/2010/04/sebastian-descarta-un-recorte-retroactivo-de-las-primas-a-las-renovables.html
Del mismo blog, pero más actual, este artÃculo.
http://jumanjisolar.com/2010/06/la-ce-secunda-la-no-retroactividad-del-decreto-espanol-de-las-renovables.html
Gracias, Miguel Sebastián, por su artÃculo.
Salvo errror por mi parte, la manera de retribuir la energÃa fotovoltaica no habÃa sido objeto de polémica en este blog. Que el Ministro nos dé su versión del estado de la cuestión resulta interesante, pero no deja de ser (creo) significativo de que algo se está haciendo de manera al menos discutible.
El Ministro escribe como Ministro, para explicar la actuación de su Departamento. Yo hago mis comentarios (disculpas por la longitud) manifestando mi interés personal y directo en el asunto: invertà en 2007 una cantidad pequeña (pero para mà imporante) en una empresa que gestiona plantas fotovoltaicas.
El fondo de la cuestión es el siguiente.
Las producción de energÃa eléctrica a través de plantas fotovoltacias no es rentable. Esto se sabe desde hace tiempo. El gobierno lo conocÃa perfectamente.
Precisamente por ello, el gobierno decidió incentivar esta manera de producir electricidad, lo que cubrÃa varios objetivos: sostenibilidad, mitigación del cambio climático, soberanÃa energética, creación de una industria nacional competitiva, etc.
A este efecto promulgó un Decreto, el 661, que regulaba un régimen de retribución garantizado para 25 años.
Sobre la base de ese Decreto, los operadores económicos tomaron sus decisiones y llevaron a cabo las inversiones pertinentes.
Ahora parece que el Gobierno ha caÃdo en la cuenta en que los incentivos diseñados fueron demasiado generosos y quiere recortarlos con efectos retroactivos. Para eso está buscando una manera presentable de hacerlo, pero el objetivo es ese: modificar un decreto que tuvo «demaisado éxito» para recortar gastos.
El secretario de estado MarÃn convocó recientemente a las asociaciones fotovoltaicas y les dijo que habÃa que reducir 1000 millones de subvenciones y que habÃa dos formas; una mediante limitación horaria y otra mediante rebaja de un 30% en la tarifa. Ambas retroactivamente. Les dió a escoger entre estas dos opciones y que contestasen en 48 horas. Las asociaciones no contestaron porque decÃan que era como si les dieran a escoger a morir en la silla eléctrica o fusilamiento. Luego al cabo de dos dÃas, se pergeñaron los acuerdos de negociación para un pacto energético, se canceló la subida de la luz y se ha aplazado la decisión.
Esa es la realidad. Más allá de lo acertado o desacertado de las medidas propuestas, este asunto se está gestionando con grandes niveles de improvisación e incertidumbre que son exactamente lo contrario de lo que se necesita.
En su artÃculo, el Ministro tilda de «abuso» el hecho de que las plantas solares produzcan más cuando hay más sol. Y lo califica al mismo nivel que otros abusos (o fraudes) como han sido el enganche más tardÃo del 31 de Septembre de 2008 y el cobro de primas mediante infracciones de la documentación, o incluso, al nivel del fraude por producción de electricidad solar en horas noche.
Existen abusos en el cobro de las primas y están documentados en un informe de la CNE. Las asociaciones fotovoltaicas han exigido que se sancionen estos abusos. Sin embargo el ministerio no parece sensible a corregir estos abusos y pone a todo el sector de la fotovoltaica en el mismo saco.
Las horas de sol en el sur de españa pueden ser hasta de un 40% mayores que en el Norte de España.
Cuando se decretó el 661, no se previeron limitaciones para aprovechar la energÃa del sol; ni por regiones de ubicación, ni por tecnologÃa utilizada, ni por altura con respecto al nivel del mar, ni por clima del lugar, ni por horas de irradiación, ni por naturaleza del suelo, ni por tipo de placas a poner, ni por distribución de las placas en el suelo… Todas estas variables que afectan directamente a las horas de producción de energÃa de la planta. Y los promotores decidÃan sobre todas estas variables y las proponÃan en un proyecto que validaban las múltiples autoridades, locales, regionales y estatales en sus respectivas competencias de medioambiente, industria, suelo, arqueologÃa… El proceso de aprobación de la inversión se prolongaba meses, si no años, debido a la confusión competencial de comunidades, ministerio y ayuntamiento.
Una de las cosas que sà diferenció el 661 fueron las instalaciones en el suelo e instalaciones en el techo. Se subvencionaban más las del techo porque tenÃan menos eficiencia de producción y a las autoridades les interesaba más; era más limpio y ecológico desde un punto de vista global usar superficies ya utilizadas y no suelo rural.
La propuesta de los promotores iba acompañada de un montante de inversión a realizar y una rentabilidad prevista. Una rentabilidad prevista normal es del orden de 8%. Y en estos proyectos la inversión no puede cambiarse porque ya están pagados e instalados.
Es cierto que ahora y gracias a la maduración del sector propiciada por las inversiones ya hechas, los costes de inversión han bajado casi a la mitad. Pero lo que está hecho ha servido precisamente para eso, para que la industria española sea competitiva y podamos instalar en todos los paÃses del mundo como lo estamos haciendo.
Una rebaja del 30% de los ingresos destruye la inversión realizada para favorecer la maduración del sector. En el caso concreto de la planta en la que invertÃ, implicará la imposibilidad de pagar el crédito con el que se hizo la inversión.
Limitar ahora de cara al pasado según las horas previstas de produción es tan arbitrario como limitar las primas según la altura de la planta con respecto al nivel del mar, según la tecnologÃa utilizada, según el clima o según la región. Esta discriminación sà se hizo, como queda escrito, con las instalaciones de techo frente a las del suelo. Discriminar según alguna de las variables del proyecto podÃa haber tenido sentido. Pero no se hizo. Lo que se buscaba con el 661 era garantizar las rentabilidades a largo plazo para que existiese esa inversión necesaria para que el sector madurase.
EL PER es el Plan Energético de Renovables que se construye desde el IDAE. Si existe una referencia al número de horas previsto por planta, seguramente será una media de la irradiación de España. Pero el PER, al igual que el PEN (Plan Energético Nacional) son solo instrumentos indicativos de hacia donde quiere el gobierno que marchen las energÃas. A veces se cumple, y a veces no. Y mucho menos un dato de horas de producción de planta en el PER puede servir de base para «castigar» a aquellos que han encontrado la rentabilidad en zonas del sur de España.
Si el Gobierno quisiera limitar las horas subvencionadas, deberÃa hacerlo hacia el futuro, no hacia el pasado.
Por otro lado, limitar los horas de producción subvencionadas hará que no se instalen las plantas en los sitios de más sol. Esto es cuestionable desde el punto de vista global, aunque debatible.
Las instalaciones que se han hecho hasta la fecha corresponden a dos tipos. Las fijas y las de seguidor. En las de seguidor las placas siguen un poco al sol durante el dÃa para tener más horas de sol. ¿Es esto abuso? ¿Es abuso que los molinos utilicen todas las horas de viento? ¿Es abuso que las presas utilicen todo el agua que acumulan?
Desde luego, limitar las horas subvencionadas a posteriori genera inseguridad jurÃdica y retroactividad. En mi opinión, la cosa no se sostendrá ante los tribunales.
En definitiva, que lo de la limitación horaria es arbitrario, discriminatorio con las plantas situadas más al sur, discriminatorio con los que han trabajado bien y tan arbitrario como si decidieran no subvencionar a aquellos que no pintaran de verde los postes y tubos de sujección de las placas fotovoltaicas para reducir el impacto ambiental.
Los que invertimos no fuimos unos listillos que nos quisimos aprovechar de las tarifas. Nosotros nos adherimos al propósito del gobierno de fomentar esta tecnologÃa. Seguimos, además, la reglamentación que el gobierno sacó para desarrollarla. Hasta que el gobierno no sacó en el 661 garantÃa para 25 años la fotovoltaica no despegaba. Ahora, quienes invertimos…¿Somos unos listillos?
Después de las decisiones que el gobierno ha tomado para subvencionar el carbón nacional (caro, contaminante, ineficiente), parece que está disparando contra un objetivo equivocado. ConfÃo en que llegue a acuerdos razonables con el sector que nos permitan salir a todos del mal paso.
Abrazos para todos.
En un reciente artÃculo en El PaÃs, Rafael Benjumea, consejero delegado de Fotowatio Renewable Ventures, denunciaba el carácter retroactivo de la medida. Supongo que el ministro parte de esta crÃtica (entre otras) para esta escueta aclaración con un tema tan importante. Según Benjumea, que citaba como fuente una reunión con el propio ministerio, la reducción propuesta supondrá un 30% de las subvenciones. En opinión de Benjumea, esta reducción retroactiva podrÃa poner en peligro a muchas empresas del sector que habÃan invertido en conjunto casi 23.000 millones (financiados a un 80/90 %) con unos parámetros de rentabilidad que ahora se cambian.
Supongo que cuando el ministro escribe que “el RD 661 no regulaba el numero de horas fotovoltaicas que podÃan ser remuneradasâ€, y lo conecta con el PER 2005-2010, “que estimaba un número de horas, aunque no las explicitabaª, es donde encontramos el carácter retroactivo de la medida, según Benjumea. Yo no encuentro que esta crÃtica quede desmentida totalmente en el artÃculo de Sebastián. Puede que la medida tenga encaje jurÃdico, supongo que los servicios jurÃdicos del ministerio sabrán lo que hacen, pero sà crea, en mi opinión, bastante inseguridad empresarial.
Me resulta llamativo que el RD 661 no concretara el número de horas objeto de remuneración, ya que, como posteriormente se ha visto, es posible que esa indefinición haya sido la causante de los aumentos de producción que denuncia el ministro, pero ¿es ello imputable a las empresas o al propio ministerio? ¿debe ser corregido con carácter retroactivo con cargo a estas empresas?. Tampoco entiendo que se haya tardado tres años (el decreto es de mayo 2007) para concretar lo que durante ese tiempo parecÃa claro para todos, incluso para el ministro, según los enlaces que nos copia Don Fernando.
Tan irritante resulta el tono del Ministro como el de los que a continuación dicen «Amén».
Yo era un firme creyente de las polÃticas de sostenibilidad, independencia energética y desarrollo verde del gobierno. E invertà en ellas una cantidad peuqeña pero, para mà sustancial.
El RD 661 garantizaba unas tarifas a 25 años para fomentar la implantación de plantas de energÃa solar en España.
En contra de lo que plantea el Ministro, no habÃa ningún Real Decreto que garantizase el mantenimiento de los precios de los medicamentos, ni otro que garantizase el IVA de superficies comerciales a 25 años. Entre otras cosas porque esos sectores no necesitaban de la subvención para hacerlos madurar.
La limitación de las horas de sol producidas es una arimaña alegal que el Ministro se quiere sacar de la manga para ahorrar 1000 millones anuales comprometidos en subvenciones a las energÃas renovables y no decir que existe retroactividad. Esto, el decir que no existe retroactividad es el mensaje que le ha mandado Zapatero a través de los medios públicos y quien sabe si a través de los privados.
Para evitar decir que existe retroactividad, en el Ministerio creen que han encontrado una idea feliz «vamos a pagar el 70% horas (ya veremos como lo justificamos después) y asà no rebajamos la tarifa, en cuya reducción nos podrÃan achacar retroactividad».
Por favor, Sr. Ministro, no se deje engañar por sus asesores. Coja el toro por los cuernos, pero el toro energético entero, y revise las subvenciones al carbón nacional, las primas al gas (1000 millones), los beneficios de las electricas (sobre todo como se pagan las nucleares e hidroelectricas al marginal del pool), la excesiva penetración del gas en España, la inexistencia de biomasa como fuente energética, la necesidad de mantenimiento de lo nuclear…
Pero por favor, Sr. Ministro, no nos ataque a los que hemos sido leales en sus propias apuestas en el desarrollo de las energÃas renovables para España. No abusamos ni somos listillos. Evite la estafa que serÃa para nosotros el rebajarnos las primas un 30%. Nos hemos endeudado creyendo en Uds. No somos los malos de la pelÃcula.