Arthur Mulligan
El 21 de Julio de 1969, la civilización occidental alcanzó el apogeo de la prosperidad y de la audacia humana. Los hombres andaban sobre la Luna y la imaginación desencadenó sucesivos sueños acerca de la conquista del espacio, colonizando planetas para, tal vez, habitar otras galaxias, hasta que en 1986 la explosión del Challenger nos despertó a todos, terminando de algún modo con la esperanza de un progreso perpetuo que junto al mito de la frontera constituían el corazón de esa civilización.
Contrariamente a lo que piensan los medios impresionistas, el momento que vivimos tiene menos que ver con la guerra civil que con la decadencia de una sociedad rica y pacífica, pero agotada, deprimida y orientada a explosiones de violencia nihilista, una sociedad «víctima de su propio éxito».
Desde Silicon Valley prometiendo rupturas tecnológicas asombrosas que cambiarían nuestras vidas animando el crecimiento económico, hemos entrado en una era de límites económicos estructurales: peso demográfico de una sociedad envejecida y menos productiva, exceso de deuda, agotamiento de los progresos en materia de educación, problemas medioambientales aunque es verdad que (Internet) ha sido una revolución espectacular pero esencialmente virtual, y los progresos numéricos han ocupado más nuestros cerebros que cambiado nuestras vidas, menos en cualquier caso que la electricidad, el vapor, el ferrocarril, el agua corriente, las vacunas y el átomo.
También cuenta mucho el menor dinamismo de una sociedad envejecida que recurre a la inmigración de masas para paliar la falta de mano de obra; la esclerosis institucional, que funciona mal, conduciendo a su estancamiento político al producir frustración y rencor por su incapacidad de producir reformas estructurales, siendo la Unión Europea una escuela de decadencia al importar lo peor del sistema americano desplazando el poder a Bruselas y a la depredación de sus lobbies ( en casa José Blanco, Begoña…) debilitando la legitimidad política.
Internet acelera el conformismo porque no existe una cultura dominante en los tiempos fluidos y priman los contenidos estandarizados para gustar al mayor número de espectadores y así, nuestro porvenir es menos la violencia que la sedación.
En el frente de la geopolítica, nos encontramos metidos en una guerra que todos dicen que va a durar. Ucrania es independiente desde hace 32 años y quiere integrarse en la UE a pesar de que es considerada por Rusia como su Borgoña; para nosotros, al contrario, la gran Rusia de Putin es un anacronismo, el último imperio no desmantelado del siglo XX. En el horizonte pues, un largo periodo de guerras con su correlato de asfixia para las finanzas europeas, sin descartar que Rusia trate de atacarnos sobre el flanco sur y en el medio oriente con el apoyo financiero y tecnológico de China.
Por lo tanto, al envejecimiento citado y a la explosión consecutiva del sistema de salud, se une la descarbonización necesaria de nuestra economía y los flujos migratorios sur-norte de carácter irreprimible.
Sumamos pues cuatro cumbres propias del Himalaya: deuda de guerra, deuda social, deuda del clima, y la deuda demográfica, con un déficit primario de nuestras finanzas públicas, la presión fiscal en alza y, seguramente por decenios, una deuda pública por encima del 110 %. Todos los países de la vieja Europa occidental se preguntan las mismas cuestiones, con la misma angustia, y cada uno con sus particularidades históricas. Todos comparten una respuesta: es la economía la que nos salvará, con la innovación, la cantidad de trabajo, y todo aquello que viene del impulso vital de una sociedad que tiene confianza. Es la única salida a la ruina. No será necesario esperar demasiado de los Estados ni de la Unión. Los Estados sobreendeudados han hecho mucho, se encuentran sin respiración y además van a consagrarse a la guerra.
La misma Unión no tendrá los mismos medios.
La sociedad europea es conservadora y esto se mide por su tasa de ahorro: 14 %, contra un 4 % en los Estados Unidos.
De estas cosas apenas se ha podido hablar en España durante las elecciones pero a nadie se le escapa la dureza de lo que se viene encima.
Siempre me ha maravillado la manera que tienen los políticos de eludir las patatas calientes, su tendencia a procrastinar y en la última década su baja formación y procacidad.
Las izquierdas oficiales y las que liban en las charcas adyacentes son corresponsables de lo que está ocurriendo en nuestro mundo porque han dejado de tener horizonte, un relato de futuro, y analizan la actualidad con modos de pensar del siglo XIX. Se conforman con un pensamiento lineal, nada complejo, y han renunciado a valores universales, esos valores como la libertad, la democracia, los derechos humanos, la justicia, la seguridad, la cooperación… Para disimular esa denuncia, las izquierdas han recurrido a levantar banderas identitarias, que son legítimas y respetables, pero que se dirigen a intereses minoritarios que no concitan, necesariamente, el acuerdo de las grandes mayorías sociales. Para cambiar el mundo hay que asumir como propios los valores universales, no solo aquellos de una identidad minoritaria que son legítimos y defendibles.
El debate taurino tan antiguo en la televisión no es el que espera la sociedad española para resolver sus problemas y mejorar sus condiciones de vida.
De alguna manera la izquierda ha perdido su sentido de la prioridad.
A quien vive en un barrio rico, de clase media alta, la seguridad le preocupará relativamente poco porque tendrá vigilantes o viviendas protegidas, pero no ocurre así en los barrios pobres donde la gente vive en condiciones más difíciles, con una convivencia más vulnerable y frágil. Esa es la realidad y, sin embargo, las izquierdas han olvidado, o han despreciado, los problemas de seguridad que la gente percibe. Si, ante eso, viene una fuerza de extrema derecha que dice que la inseguridad la provocan los inmigrantes, hay muchos que se quedan con lo que oyen. Porque la gente quiere vivir con seguridad.
Del mismo modo, las personas más desprotegidas valoran la pertenencia a un colectivo como su país, el abrigo de la nación, de la patria, un sentimiento de identidad nacional que reconforta a las clases más desfavorecidas, y ello con independencia de apropiaciones por la extrema derecha de la bandera de todos, el recurso de los sinvergüenzas.
Todo esto explicaría la violencia del cambio de signo en el cuerpo electoral de los distritos otrora rojos.
La polarización es el alfa y omega que utiliza Sánchez pero que va obteniendo un creciente distanciamiento en territorios gobernados por socialistas que ya no comparten diferencias de trato a la hora de financiarse y miran mal la amnistía oportunista de Sánchez.
En mi opinión es una pérdida de tiempo tanto como gastar saliva defender que la ultraderecha catalana y la derecha de Puigdemont así como Marta Rovira son progresistas porque lo dice la política de bloques.
Las encrucijadas de Sánchez no deben convertirse en las de España por estar instalado en la excepcionalidad y vienen tiempos muy duros por arrastrar problemas que carecen de vacunas.
Hombre Mulligan, qué bien verle de vuelta por estos lares. Y qué bien hilado el artículo. Hasta que… le sale esa obsesión por Sánchez… No es tanto cansino como frustrante que su intelecto, que parece brillante, siempre tenga que acabar en lo mismo, cuando apunta maneras más que interesantes cuando se mantiene en un ámbito superior. Porque suscribo su pesimismo global y hasta su crítica a la izquierda en general. Pero no esas supuraciones. Por ejemplo, por qué no cita que en el chiringuito de Pepe Blanco, del que aborrezco, está medio ex PP?
Comparto el comentario de LBNL.
Estoy esperando el día en el que Mr Mulligan,nos pedirá perdón por todo lo que ha dicho sobre Pedro Sánchez y su entorno cuando «La justicia Divina» se ponga de relieve ,para vergüenza de los más bocazas.
En todo caso , de pedir perdón , se lo pediría al propio Sánchez porque , creo yo , que de haber ofensa , Pedro es el legítimo ofendido y no cualquier hooligan extraviado que invoque la Justicia Divina como en la Edad Media .
Así ven la visita de Millei en Argentina
https://youtu.be/TZgCDNpb6EU?si=HW9baJ-ghjyu5Mn5
Los pintores del Instituto Juan de Mariana le regalaron un gran cuadro al presidente de Argentina.
«El Retrato de Dorian Milei».
Magdalena y Los Santos Inocentes de los ERE
El Tribunal Constitucional ha sido más severo e implacable con los jueces de los ERE que con los políticos condenados por ese fraude. Esa es la gran novedad de la decisión del Constitucional cuando ha comenzado a resolver los recursos presentados, porque lo que se conocía desde hace muchos meses es que iba a darles la razón, al menos parcialmente, a los dirigentes de la Junta de Andalucía que perpetraron aquel sistema fraudulento para usar a su antojo los cientos de millones de euros en subvenciones.
Tan relevante es el sesgo de interpretación del Tribunal Constitucional que, de hecho, si hubiese aplicado la misma lógica jurídica y el mismo rigor ético con los condenados de los ERE, no habría tenido ninguna duda para ratificar de la sentencia. Pero entre amonestar, censurar y criticar con dureza el comportamiento de los gobernantes socialistas de la Junta de Andalucía y hacerlo con los jueces y magistrados que les condenaron, ha optado por lo segundo. Quiere decirse con ello, como ahora detallaremos, que no se discuten las dudas y la discrepancia jurídica que existía sobre algunos de los delitos que se cometieron en ese escándalo, pero para inclinar la balanza hacia un lado, culpabilidad, o el otro, inocencia, hay que responder antes si, en algún momento, los gobernantes andaluces actuaron sin conocer, expresamente, que estaban incumpliendo la ley. Lo sabían, actuaron a conciencia para nutrir la red clientelar del PSOE de Andalucía, hegemónico durante cuarenta años en esa comunidad, y, ahora, muchos de ellos se libran de toda culpa porque, como queda dicho, el Tribunal Constitucional ha decidido ser más duro y exigente con el Tribunal Supremo que con los condenados del mayor fraude conocido.
Entre las ‘evidencias bobas’ que, en otras ocasiones, hemos señalado aquí para intentar despejar la duda de si los máximos responsables del Gobierno andaluz conocían que estaban cometiendo un fraude con la adjudicación de esas subvenciones, la más contundente de todas es que esos mismos gobernantes actuaron de forma correcta antes y después de incumplir la ley. Fijémonos en los dos presidentes condenados, Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Si sumamos las carreras de ambos, vemos que estuvieron en el Gobierno andaluz desde 1990 hasta 2013. De esos 23 años, las subvenciones de la Junta de Andalucía se otorgaron legalmente en los primeros diez años y, posteriormente, en los tres últimos.
El periodo del fraude de los ERE está justo en el medio de esas dos etapas de legalidad, con lo que queda claro que se distinguía perfectamente qué procedimiento era legal y cuál no lo era. El comienzo del fraude coincide con la primera mayoría absoluta del PP en Madrid, en el año 2000, y el final de la ilegalidad se produce en 2011, al poco de que el famoso director general de Trabajo, Javier Guerrero, ya fallecido, desvelara ante la juez Mercedes Alaya que existía un ‘fondo de reptiles’, opaco, para conceder las subvenciones sin seguir las exigencias de transparencia, publicidad y libre concurrencia. Es decir, el fraude empieza con la intención indiscutible de asegurar la hegemonía socialista en esa comunidad, hasta entonces considerada como ‘el granero electoral’ del PSOE, y se acaba en cuanto se descubre y estalla el escándalo. Añadamos a todo ello que tanto Chaves como Griñán, sobre todo este último, eran especialistas en derecho laboral y conocían a la perfección la normativa vigente, y que Magdalena Álvarez, la primera de las exculpadas por el Constitucional, es inspectora de Hacienda, con sobrados conocimientos sobre cómo debían figurar en los presupuestos las partidas presupuestarias que se dedicarían al ‘fondo de reptiles’ para que no fuera fácil localizarlas.
La sentencia del Tribunal Constitucional, siguiendo la tesis de la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán y de la Fiscalía, lo que sostiene es que la aprobación de un proyecto de ley de presupuestos no puede ser perseguido jurídicamente por las propias características de ese texto: es un proyecto, no una realidad. Tienen razón, sin duda alguna, porque quien aprueba los presupuestos, como todas las leyes, no es el Gobierno, sino los parlamentos. Por esa razón, se pone de parte de los condenados de los ERE que recurrieron la sentencia del Tribunal Supremo, y de la Audiencia de Sevilla, y deja claro que los tribunales de Justicia «pueden reaccionar contra la forma jurídica que resulte de esas intenciones, pero la intención misma y su debate o discusión son inmunes en una sociedad democrática a todo control jurisdiccional, singularmente si el debate se sustancia en un Parlamento, sede privilegiada del debate público». A partir de ese criterio, el Tribunal Constitucional se emplea con dureza contra los magistrados, los acusa de haberse extralimitado, de haber infringido la separación de poderes, y les recrimina, para que vayan asumiendo los varapalos que seguirán llegando, que «el contenido de los anteproyectos y proyectos de ley no puede ser objeto de control por ningún órgano judicial».
Como se decía antes, lo que no se puede obviar es que el debate jurídico sobre la aplicación de algunos delitos en el fraude de los ERE, como este de la prevaricación continuada que se elimina, existe desde la misma fase de instrucción, con lo que no se le puede reprochar nada al Tribunal Constitucional en ese sentido. Salvo que esa controversia fue la que resolvió, definitivamente, el Tribunal Supremo, que es el “órgano jurisdiccional superior a todos los demás” en nuestro Estado de derecho, como dice la Constitución. Para el Supremo, a la vista de toda la montaña de pruebas y de indicios, y de la perseverancia de un sistema ilegal de concesión de ayudas durante un decenio, lo que no se puede defender es que un Gobierno es del todo inocente de cuanto aprueba y remite al Parlamento, año tras año, un proyecto que contenía el engaño masivo, envuelto en el papel disimulado de un epígrafe insulso: ‘partida 31.L’.
El mismo presidente de la Junta, como muchos de sus consejeros, eran también diputados elegidos en las urnas, formaban parte del grupo parlamentario socialista, con mayoría absoluta, y no tenían ninguna duda de que el Parlamento andaluz aprobaría sin dificultad el proyecto de presupuestos que presentaban. Solo ellos conocían la trampa que se escondía. ¿Acaso el comportamiento de ese Ejecutivo no es también una forma de infringir la separación de poderes, por la falta de respeto al Legislativo? El “derecho a la legalidad penal” que les reconoce el Tribunal Constitucional a los condenados de los ERE está mancillado, pisoteado, por los propios protagonistas desde el momento en el que idearon este sistema para, precisamente, utilizar el dinero sin que nadie lo pudiera detectar ni fiscalizar. No existen santos inocentes de los ERE, que no, de modo que, al menos, nos ahorren el agravio de querer presentarse ahora como víctimas injustamente perseguidas por los demonios.
( Caraballo, en EC )
** ( Coda )
Para conocimiento de los lectores decir simplemente que esta señora es Inspectora de Hacienda y desempeñó un alto cargo en la Agencia Tributaria antes de dar el salto a Andalucía .Por lo expuesto, no cabe argumentar que desconocía las consecuencias de lo aprobado en los Presupuestos al permitir una puerta de escape a transferencias de fondos a destinos sin control que permitieron la compra de votos y la permanencia en el poder del PSOE en Andalucía durante mas de tres décadas. Algo parecido cabe decir de Griñán, Inspector de Trabajo, que por su formación no podía tampoco desconocer el desvío de dichos fondos con fines espureos.)
Ejem …Mr Mulligan… Sii sale cara gano yo y si sale cruz pierdes tú.
Para la derecha, el Constitucional es un tribunal amañado cuando tiene mayoría progresista, pero una institución impecablemente justa si su mayoría es conservadora
La derecha española no solo tiene mal perder en las elecciones cuando había estado segura de ganarlas, también lo tiene en las decisiones judiciales de alto voltaje político que contravienen sus cálculos o sus deseos. La justicia es justa cuando la decisión del tribunal coincide con sus intereses, pero cuando sucede lo contrario entonces es “un escándalo”.
Así, con la palabra escándalo, calificaba el miércoles 19 el dirigente del PP Elías Bendodo la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso ERE que ha estimado parciamente el recurso de la exconsejera de Economía Magdalena Álvarez contra el fallo de la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo que la condenaba a nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación. El indignadísimo PP ante el caso de Álvarez guardaba en cambio un respetuosísimo silencio cuando el lunes 17, solo dos días antes, se conocía que ese mismo Tribunal Constitucional había rechazado el recurso presentado por el exconsejero de Empleo José Antonio Viera, también condenado en el caso ERE. Por sus indignaciones les conoceréis.
Así pues, el Constitucional es un tribunal trucado y al servicio del Gobierno cuando su mayoría progresista dicta sentencias que no gustan al PP: solo es una institución impecablemente justa y democrática cuando su mayoría es conservadora. Lo mismo que ha sucedido con esta sentencia sobre el recurso de Álvarez en los ERE sucederá cuando, llegado el caso, tenga lugar la sentencia del Constitucional sobre la ley de amnistía:
si la tumba hará justicia, pero si la salva será un escándalo. El PP debería grabar a fuego en su escudo de armas esta divisa: ‘Si sale cara gano yo y si sale cruz pierdes tú’.
Del mismo modo, el Consejo General del Poder Judicial es un órgano como Dios manda cuando los vocales de sesgo conservador son mayoría, pero en cambio sería un peligro público en caso de ostentar la mayoría progresista que constitucionalmente le corresponde desde hace cinco años.
Sentencias políticas
Pero no solo la reacción del Partido Popular como tal ha sido poco respetuosa con la sentencia del Constitucional -“es un indulto por puerta de atrás”, dijo Cuca Gamarra-, es que también lo ha sido la de los cuatro magistrados del bloque
con argumentos y proclamas de naturaleza inequívocamente política, no jurídica. ¿O acaso no es un juicio político y no jurídico decir que la sentencia “ha ocasionado un daño institucional difícilmente reparable y ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al suplantar la función del Supremo como máximo intérprete de la ley y anular las resoluciones dictadas en el asunto de corrupción más importante de la historia reciente de España”? La expresión ‘el asunto de corrupción más importante de la historia de España’ es, como se sabe, una de las muletillas más repetidas en el discurso del PP sobre los ERE.
En todo caso, si la sentencia del Constitucional es una sentencia política también lo son las que dictaron la Audiencia de Sevilla primero y el Tribunal Supremo después. O lo fue la sentencia del ‘procés’. O lo fue la que tumbó el primer estado de alarma decretado por el Gobierno para combatir la pandemia.
Entiéndase: son sentencias políticas porque no pueden no serlo, son políticas en el sentido de que las conductas o decisiones que se juzgan en ellas tienen una componente específicamente política que ni es posible desgajar del paquete de comportamientos que el Código Penal considera delictivos ni, al juzgarlas, puede el juzgador escapar a la influencia de sus propias convicciones morales o directamente ideológicas. No es una influencia que se dé en todos o en la mayoría de los procesos judiciales: de hecho, se da más bien en pocos; se da precisamente en aquellos en que entran en juego variables morales -el aborto, la eutanasia, la violencia de género…- o variables políticas -la estructura del Estado, la concepción de la patria, la pluralidad territorial…).
¿Lo sucedido en el ‘procés’ fue rebelión, sedición o incluso ninguna de las cosas, como tal vez acabe opinando la justicia europea? ¿Un proyecto de presupuestos enviado por un Gobierno al Parlamento es, como piensa el Tribunal Supremo en coincidencia con el minoritario sector conservador del Constitucional, un acto administrativo y por tanto susceptible de ser condenado por prevaricación o es, como piensa el mayoritario sector progresista del tribunal de garantías, un “acto político dictado por el Poder Ejecutivo en el ejercicio de la función de gobierno que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Andalucía” y enmarcado en unas “relaciones institucionales entre el Parlamento y el Poder Ejecutivo”, en las que “los órganos judiciales no pueden interferir so pena de infringir el principio de la separación de poderes”? Imposible, a la hora de responder a estas preguntas, escapar a la influencia de las propias convicciones, pues, retomando la conocida distinción de Ortega, los argumentos esgrimidos en un sentido u otro beben mucho más del pozo turbio y profundo de las creencias que de la fuente clara de las ideas.
Que ciertas conductas juzgadas en el caso de los ERE tuvieron una componente delictiva, fuera de malversación, prevaricación o ambas, parece innegable. La cuestión a determinar es cuántas de ellas la tuvieron. La Audiencia y el Supremo estimaron que todas; el Constitucional viene a decir que algunas sí pero otras, como la de Álvarez, no. Y lo mismo podría suceder con los recursos de otros condenados. Ante los fallos exculpatorios que pudieran venir en las próximas semanas, la derecha está poniendo a punto sus cañones. La tesis general es que el actual TC está trucado, sometido a los designios de Pedro Sánchez, verdadera mano que mece la cuna donde dormita el presidente del tribunal Cándido Conde-Pumpido. El juego es sencillo: si sale cara gano yo y sale cruz pierdes tú. Eso, hasta que el tribunal vuelva a tener mayoría conservadora, pues entonces ni siquiera hará falta echar la moneda al aire..
……
ANTONIO AVENDAÑO
23/06/2024 – 09:41
Actualizado: 23/06/2024 – 09:51
Las leyes no son ilegales (ni siquiera en el caso ERE)
El Constitucional no ha negado la corrupción socialista en el caso de los ERE, pero sí ha impuesto un límite a la hora de intentar responsabilizar judicialmente a quien solo puede ser responsable político
Joaquín Urías
El Tribunal Constitucional acaba de decidir que la condena a la exministra Magdalena Álvarez por el caso de los ERE es inconstitucional. Inmediatamente el PSOE ha salido a celebrar la noticia y a hablar de cacería contra sus miembros y el Partido Popular ha cargado contra la legitimidad del Tribunal. Ninguno de los dos tiene razón. La sentencia no pone en duda la existencia de ese caso de corrupción organizado por miembros del partido socialista en torno a las ayudas públicas a empresas con problemas. Pero sí significa que con las pruebas que hay no es posible implicar en él a algunos de los altos cargos del partido.
En medio del ruido político que nos invade es complicado encontrar un hueco para el matiz jurídico. Pero es imprescindible. El constitucional no se pronuncia acerca de Magdalena Álvarez en sí y de si conocía o ayudó al fraude o no. Eso es algo que corresponde a los tribunales ordinarios. Lo que dice, simplemente, es que no se la puede condenar por haber elaborado un proyecto de ley. Algo tan obvio, que no debería sorprender a ningún jurista, con independencia de quién sea el acusado.
La condena impugnada consideraba que la entonces consejera de la Junta de Andalucía había cometido un delito de prevaricación. La prevaricación consiste en dictar una resolución administrativa arbitraria o injusta a sabiendas. Y, en concreto, la Audiencia de Sevilla le reprochaba a Álvarez haber participado en la elaboración de los anteproyectos y proyectos de ley de presupuestos de Andalucía de varios años. Según el disparatado razonamiento de este órgano judicial había varias órdenes de la junta de Andalucía que prohibían utilizar fondos públicos con determinado fin; los proyectos de ley serían, según su modo de ver, ilegales por hacer lo contrario de lo dispuesto en esas órdenes. De ese modo, venía a concluir que la ley de presupuestos de Andalucía no podía cambiar lo que decían unas órdenes administrativas dictadas por la propia Junta de Andalucía. Así, si la norma aprobada por la Junta decía que determinado dinero no se podía usar para ayudas sociolaborales, era delictivo hacer un proyecto para que la ley dijera que sí se destinaba a ese fin.
Frente a ello, el Tribunal Constitucional se limita a decir un proyecto de ley ni es una resolución ni es un asunto administrativo. Cuando el Gobierno –autonómico o estatal– prepara una ley no está gestionando la administración, sino ejerciendo su función política de dirección de la sociedad. Es una prerrogativa que corresponde al Gobierno como órgano político y que además forma parte de la actividad legislativa. Más aun, la propuesta de ley en sí misma no es nada; no tiene ningún valor o eficacia jurídica hasta que una mayoría de diputados vota a su favor en el Parlamento, luego no se puede sancionar por su contenido a quien la haya elaborado.
Detrás de esta argumentación hay mucha más chicha jurídica y política de lo que parece. Lo que la Audiencia Provincial de Sevilla había hecho y el Tribunal Supremo había ratificado, en realidad, era enjuiciar una ley. Cuando la defensa de la consejera Álvarez protestó ante el Supremo, éste vino a decir que como la ley de presupuestos solo puede ser elaborada por el Gobierno, la participación del Parlamento es meramente formal. Nuestro máximo tribunal ordinario llegó a entender que si un proyecto de ley de presupuestos incluye medidas que son arbitrarias, los tribunales pueden considerar directamente que, aunque el Parlamento apruebe la ley de presupuestos, esas medidas no han entrado en vigor. En definitiva, los jueces pretendían estar legitimados para juzgar e inaplicar una ley con la excusa de que la había hecho el Gobierno.
Se trata de una ruptura evidente de nuestro sistema de fuentes. En esta sentencia, el Tribunal Constitucional se ve obligado a recordar algunas cuestiones que resultan más que evidentes: la ley de presupuestos generales es una ley que tiene la misma naturaleza normativa que el resto de las leyes. Una vez aprobados los presupuestos, su único autor es el Parlamento. Los jueces no pueden cuestionar lo que diga la ley de presupuestos y mucho menos negarse a aplicarla.
Que algo tan evidente necesite ser dicho en una sentencia demuestra un grado alarmante de degradación de nuestro Estado de derecho en el que parece innegable la tendencia del poder judicial a desligarse progresivamente de su sujeción a la ley democrática y erigirse en el poder político supremo del país.
En este estado de cosas, resulta del todo disparatado leer la sentencia del Tribunal Constitucional como un pronunciamiento a favor de ningún partido político. De hecho, si algo hay sorprendente en este caso –a falta de disponer de ellos– es que existan cuatro votos particulares. Uno de estos votos, según informa el Tribunal Constitucional, comienza con una afirmación tan poco afortunada como la de que el de los ERE ha sido “el asunto de corrupción más importante de la historia reciente de España”, de donde parece deducir que no es necesario examinar la legitimidad constitucional de ninguna de sus condenas. Recurriendo al trazo grueso, más propio de las redes sociales y el debate político que de una resolución jurisdiccional, insiste en que no poder controlar el contenido de los proyectos de ley “sitúa a los miembros del Gobierno por encima de la ley”. En fin, parece que los magistrados discrepantes hubieran dado más importancia a los partidos políticos implicados que a los detalles jurídicos del caso.
Porque lo cierto es que el otorgamiento del amparo a Magdalena Álvarez no oculta la realidad de un caso execrable de corrupción institucional. Con independencia de esta sentencia, es evidente que numerosos dirigentes del PSOE de Andalucía aprovecharon sus cargos públicos para cometer delitos graves contra el erario público. De hecho, hace apenas unos días el propio Tribunal Constitucional ha ratificado otras de esas condenas a consejeros de la Junta de Andalucía, sin que esa decisión haya acaparado grandes titulares de prensa.
Más allá la sentencia del Tribunal Constitucional no excluye que el tribunal sevillano que condenó a Magdalena Álvarez pueda volver a hacerlo si demuestra que dictó con conocimiento otros actos –administrativos, no legislativos– que fueran manifiestamente ilegales. De hecho, hay una serie de modificaciones presupuestarias autorizadas por ella que podrían llevar a una condena. Lo que no cabe es castigarla por la participación en una ley con el peligroso argumento de que hay leyes ilegales y los jueces pueden controlarlas.
El momento de politización extrema que vivimos dificulta entender y analizar con el necesario sosiego decisiones jurisdiccionales como ésta. Quien lo haga descubrirá que el Constitucional no ha negado la corrupción socialista en el caso de los ERE, pero sí ha impuesto un límite a la hora de intentar responsabilizar judicialmente a quien solo puede ser responsable político. Un intento demasiado complejo para unos tiempos reduccionistas en los que se cree que la única solución para todo es la cárcel.
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Y después está el tribunal del pueblo, el que vota y sentencia en función de lo que vive y percibe. Juanma Moreno es es el resultado de la sentencia Popular ……. y en visos de nueva confirmación.
Las «sentencias populares» son revocables ,las del Tribunal Constitucional ,no.
El PP no puede decir que son incostitucionales , las leyes de matrimonio homosexual, eutanasia,aborto y un largo etc .
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) pueden influir en las decisiones del Tribunal Constitucional (TC) de España, aunque no tienen una capacidad directa para anular sus sentencias. Aquí te explico cómo interactúan estos tribunales:
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)
• Jurisdicción: El TEDH se enfoca en la interpretación del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Cualquier persona que alegue una violación de derechos reconocidos en el CEDH, tras agotar las instancias nacionales, puede acudir al TEDH.
• Impacto en el TC: Aunque el TEDH no puede anular directamente las decisiones del TC, una sentencia del TEDH que identifique una violación de derechos puede llevar a que el TC o el sistema judicial español revise el caso para alinearse con el fallo del TEDH.
• Obligación de Cumplimiento: España, como firmante del CEDH, está obligada a cumplir con las sentencias del TEDH, lo que puede influir en la jurisprudencia y prácticas nacionales, incluyendo las del TC.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
• Jurisdicción: El TJUE interpreta el Derecho de la Unión Europea. Los tribunales nacionales pueden solicitar al TJUE interpretaciones vinculantes del Derecho de la UE.
• Impacto en el TC: El TC debe asegurar que sus decisiones no contradigan el Derecho de la UE. En cuestiones relacionadas con el Derecho de la UE, las decisiones del TJUE tienen prevalencia. El TC debe ajustarse a la interpretación del TJUE, y puede reconsiderar o adaptar sus sentencias para alinearse con el Derecho de la UE.
Relación Práctica
• Independencia: Cada tribunal actúa dentro de su propia competencia: el TC en la interpretación de la Constitución Española, el TEDH en la protección de derechos del CEDH, y el TJUE en el Derecho de la UE.
• Convergencia y Conflicto: Aunque no pueden anular decisiones directamente, los fallos del TEDH y TJUE pueden crear precedentes y exigir ajustes en la interpretación del TC. En caso de conflicto, los tribunales nacionales, incluyendo el TC, deben encontrar soluciones que armonicen las diferentes jurisdicciones.
En resumen, aunque el TEDH y el TJUE no pueden contradecir directamente al Tribunal Constitucional de España, sus fallos pueden influir en las decisiones del TC y obligar a reconsiderar ciertas interpretaciones para cumplir con las obligaciones internacionales y europeas de España.
Es decir , esto no es como los pimientos de Padrón, unas sentencias sí y otras no .
Lo dicho , de Santos nada.