Aitor Riveiro
Zapatero defendió el pasado miércoles en el Congreso la futura Ley de EconomÃa Sostenible (LES) cuyo anteproyecto aprobó el Consejo de Ministros en su última reunión. Un proyecto de ley que incluye un caballo de troya en forma de disposición final (documento en PDF) que ha podido suponer, tal y como declaró un diputado socialista, su finiquito.
Dicha disposición final primera sirve para modificar otras dos leyes, la de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI, de 2002), y la de Propiedad Intelectual, (LPI, refundida en 1996). La modificación de la primera supone que “la salvaguarda de los derechos de autor†se convierten en el quinto supuesto por el que una página ‘web’ puede ser bloqueada y clausurada; la de la segunda, que, en lo que respecta a ese apartado, será una “comisión†administrativa creada por el Ministerio de Cultura quien decidirá qué web se bloquea y cuál no.
Estas modificaciones suponen, de facto, eliminar la tutela judicial prevista en la Constitución Española, la cual recoge en su artÃculo 20.5 que “solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicialâ€.
El problema surge porque, hasta hoy, no existe en España ni una sola sentencia judicial que condene a ninguna página web o usuario por atentar contra los derechos de autor. Y no será porque los gestores de dichos derechos no lo han intentado en multitud de ocasiones: la SGAE, Promusicae, CEDRO y demás llevan años demandando a ‘webmaster’ sin conseguir que juez alguno les de la razón.